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COMISIÓN de APOYO al PUEBLO PALESTINO

El Tribunal Supremo de Israel dio luz verde a la tortura de palestinos en huelga de hambre

Noam Rotem

De acuerdo con el fallo del Tribunal, la alimentación forzada, universalmente reconocida como una forma de tortura, es una herramienta legítima para usar contra los huelguistas.

En los dos últimos meses tres palestinos han estado en huelga de hambre durante su detención administrativa sin juicio. Los tres son los hermanos Mahmud Balboul (jefe de policía), Muhammad Balboul (dentista), y Malk al-Qadi (periodista). El domingo el Tribunal Supremo de Israel dictaminó legítima la ley de la alimentación forzada, que permite a las autoridades israelíes alimentar a la fuerza y en contra de su voluntad a prisioneros en huelga de hambre si su estado de salud pone en peligro su vida, y que dicha ley es capaz de equilibrar el interés público sobre la santidad de la vida y el daño a la dignidad humana y la libertad de expresión. En otras palabras: los magistrados del Tribunal Supremo aceptaron la posibilidad de se alimenta a los tres huelguistas a la fuerza.  

Muhammad y Mahmoud Balboul fueron detenidos en una incursión de soldados israelíes en su casa en junio y fueron en detención administrativa después de que agentes del Shin Bet lograran "quebrar" a su hermana de 14 años, quien también pasó tres meses en la cárcel. Su padre fue asesinado por soldados israelíes hace más de 10 años. El portavoz del ejército que “ambos estaban involucrados en actividades militares graves poniendo en peligro la seguridad de la zona".  

Malk al-Qadi, un periodista de 20 años de edad, comenzó su huelga de hambre el 15 de julio para protestar por su detención administrativa. Al-Qadi fue detenido el 23 de mayo, interrogado y puesto en detención administrativa después de que el Shin Bet decidiera no acusarlo. El viernes pasado su madre fue convocada al Hospital Wolfson de Holon, donde se encuentra hospitalizado, después de que, supuestamente, entrase en estado de coma. El portavoz del ejército aún no ha respondido a las preguntas sobre los motivos de su detención.  

"Tenemos delante un tema complejo por sus aspectos humanos, morales y legales", escribe en el fallo el magistrado Noam Solberg. "La santidad de la vida, la seguridad del Estado, el derecho a la autonomía, el derecho a la igualdad, la libertad de expresión, la responsabilidad del Estado sobre sus prisioneros, todos estos factores se conjugan en este caso. "Los jueces escribieron más de 100 páginas para explicar por qué la alimentación forzada, una práctica reconocida por las instituciones médicas en todo el mundo como una forma de tortura, en realidad está bien.  

En su sentencia los jueces israelíes ponen a disposición una serie de argumentos sobre por qué debe alimentarse a los huelguistas a la fuerza. En primer lugar, escriben, la persona en huelga de hambre no es un "paciente común", sino más bien una persona que, conscientemente, pone su vida en peligro para el propósito de la protesta o para ejercer presión sobre el Estado. En segundo lugar, según los jueces, no se puede saber si la persona que está en huelga de hambre lo hace por propia voluntad o si se enfrenta a la presión de hacerlo. En tercer lugar, hay implicaciones que van más allá de la cuestión personal de quien está en huelga de hambre. En cuarto lugar, la responsabilidad de la salud del prisionero pertenece al Estado. Ley fundamental: dignidad y libertad humanas, escriben los jueces, obliga al Estado no sólo a asegurar la inviolabilidad de la vida, también coloca la responsabilidad activa en el Estado para proteger a todos los seres humanos. En quinto lugar, el Estado debe proteger la seguridad pública, y si el preso muere como consecuencia de su huelga de hambre, esto puede conducir a dañar la seguridad del Estado.  

Sin libertad de expresión  

La alimentación forzada consiste en atar al prisionero y colocar por la fuerza un tubo flexible en su esófago, ya sea a través de la boca o de la nariz. Muchas veces el tubo "no alcanza" el estómago y el alimento líquido termina derramándose en los pulmones. Esto sucedió en el caso de los cinco prisioneros palestinos alimentados a la fuerza que murieron a manos de los médicos israelíes. La Declaración de Malta –firmada también por Israel- acerca de la huelga de hambre, prohíbe inequívocamente la alimentación forzada y establece que su práctica equivale a tortura. Y también está prohibida por la Declaración de Tokio de 1975. Aunque la Declaración de Malta permite la "alimentación artificial" de un preso que ha perdido el conocimiento, lo hace sólo hasta que el prisionero vuelve y puede indicar claramente su deseo al médico. Desde el momento en que el médico sabe que el paciente quiere seguir en huelga de hambre, el profesional no lo puede tratar, incluso si cuesta su vida.  

El fallo de la justicia también contempla los argumentos expuestos por las organizaciones de derechos humanos que apelaron la decisión de forzar la alimentación de los hermanos: Mizan, Yousef Al-Sadiq (que desde la presentación del recurso ha sido declarada organización ilegal), Médicos por los derechos humanos, Israel, el Comité público contra la Tortura en Israel, HaMoked, centro para la defensa del individuo y Yesh Din. Los tres jueces se centran en la afirmación de que la ley deriva más de la ponderación de los factores de seguridad y menos sobre el estado real de los huelguistas.

 Manifestantes en Ramallah salieron en solidaridad con el palestino en huelga de hambre, Bilal Kayed, agosto de 2016. (STR / Flash90)

"A partir de la historia de la enmienda", escribe el magistrado Menachem Mazuz, "está claro, sin ninguna ambigüedad, que la consideración respecto a la huelga de hambre de los presos, y especialmente los prisioneros de seguridad, el bienestar público y la seguridad fueron una de las principales consideraciones que llevaron a iniciar la modificación en primer lugar". En este caso los jueces respaldan la posición adoptada por el legislador: "Dado que el daño potencial a la seguridad pública depende del daño a la vida del prisionero en huelga de hambre, entonces cualquier forma de evitar la huelga de hambre salvando la vida del prisionero mediante el tratamiento adecuado (aunque sea forzado) aborda el interés de proteger la seguridad pública".  

También se pidió a los jueces que fallasen acerca de que, a pesar de que la huelga de hambre de los hermanos es una herramienta de expresión, poner fin a la misma no es una violación de su libertad de expresión, ya que es un derecho del que no gozan los presos. "El daño se centra en la violación de la posibilidad de huelga de hambre o en la violación de la libertad de expresión y de protesta, que en todo caso son limitados en el caso de los presos", escribe Mazuz. "La seguridad ha sido el único o principal objetivo", escribió el juez Eliakim Rubinstein, "podríamos haber puesto en duda si la alimentación forzada se debe utilizar... la seguridad pública y el Estado, por importantes que puedan ser, y son importantes, no serían suficientes como para justificar un daño fundamental como es la alimentación forzada".  

Una sangrienta historia de la alimentación forzada  

Los jueces también se mostraron satisfechos con la complejidad del proceso para obtener el permiso para la alimentación forzada: un dictamen médico sobre la posibilidad de que la huelga de hambre está poniendo en peligro la vida del prisionero. El comisionado del Servicio de Prisiones de Israel, con la aprobación del fiscal general es quien también debe decidir si desea activar al Tribunal de Distrito para recibir el permiso para tratar al paciente sin su aprobación. También debe opinar sobre el tema el comité de ética del hospital y el prisionero o sus representantes también deben ser tenidos en cuenta (tienen el derecho de apelar la decisión del Tribunal de Distrito al Tribunal Supremo), etc.  

A pesar de que según la Asociación Médica Mundial y varias convenciones y declaraciones de numerosos países de todo el mundo la alimentación forzada es una forma de tortura, los jueces dictaminaron que las declaraciones de Tokio y Malta "no representan la situación legal presente en el mundo o en Israel, sino que representan posturas éticas en particular. Tal vez son el resultado de las prácticas crueles de los países entre los que no nos encontramos, gracias a Dios".  

Sin embargo en ninguna parte de su decisión los jueces mencionan los nombres de Rassam al-Hilweh y Ali Ja'afri, que murieron en la prisión de Ramle después de que los miembros del Servicio de Prisiones de Israel introdujeran a la fuerza un tubo que llegó a sus pulmones en lugar de a sus estómagos usándolo para introducir margarina, huevos y leche en sus cuerpos. Tampoco mencionaron los nombres de Abed al-Qadr, Abu al-Fahm, Mahmoud Faritig o Hassin Namr Abidat, los cuales murieron en las cárceles israelíes como resultado de la alimentación forzada.  

Otra cuestión que los jueces discutieron fue la voluntad de tratamiento coercitivo utilizado basado en la ley judía: la palabra "judío" aparece 20 veces en la decisión y la palabra "hebreo" (ley hebrea) aparece 11 veces. Rubinstein ve en la palabra "judío" la autodefinición de Israel como el derecho del pueblo judío a la libre determinación, incluida la capacidad de defenderse de los que tratan de destruirlo desde fuera. Lo que los jueces olvidan es que casi todos los huelguistas de hambre hasta la actualidad no han sido judíos y no tienen ninguna inclinación a comprobar lo que dice el islam sobre el tema.  

Los tres detenidos administrativos en cuestión siguen en huelga de hambre. Y si bien el Estado ha decidido congelar temporalmente su detención, esto se hizo sólo en el papel. Todavía tienen prohibido salir del hospital y cuando se restablezca la orden administrativa, una vez más, entrará en vigor para continuar su detención.  

Noam Rotem es un activista israelí, ejecutivo en empresas de alta tecnología y bloguero en Local Call , donde este artículo se publicó por primera vez en hebreo. Leerlo aquí.  

 

Traducido del inglés para Rebelión por J. M.


Fuente: http://972mag.com/high-court-green-lights-torture-of-hunger-strikers/121877/  

Tomado de: http://www.rebelion.org/noticia.php?id=217058

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